Anulación de Condena en Phoenix · § 13-905
Anular una Condena en Phoenix, Arizona
Si fue condenado en el Maricopa County Superior Court, A.R.S. § 13-905 le permite solicitar la anulación del fallo después de la finalización de la sentencia. Sin período de espera. Tarifa judicial $0.
Por qué la anulación es a menudo el primer paso
A diferencia del sellado (que tiene un período de espera de 2-10 años), la anulación bajo § 13-905 no tiene período de espera. Puede solicitar tan pronto como la libertad condicional sea formalmente finalizada y se haya pagado toda la restitución y multas. Para la mayoría de los peticionarios de Phoenix, presentar la anulación primero — luego el sellado cuando sea elegible — produce el resultado más limpio posible.
Dónde presentar en Phoenix
Tribunal: Maricopa County Superior Court
Dirección: Central Court Complex, Criminal File Counter, 201 W. Jefferson St., Phoenix, AZ 85003
Teléfono: (602) 372-5375
La declaración personal — el factor decisivo
La anulación es discrecional. Incluso cuando estatutariamente elegible, el juez puede denegar si no cree que conceder sirve los intereses de la justicia. Por eso la declaración personal es a menudo el factor más importante. Una declaración fuerte:
- Reconoce el delito sin minimizarlo
- Explica cómo han cambiado las circunstancias
- Especifica POR QUÉ la anulación importa ahora
- Es concisa (típicamente 1-3 páginas)
Notificación al fiscal en Phoenix
Oficina del fiscal: Maricopa County Attorney's Office
Dirección: 301 W. Jefferson St., 8th Floor, Phoenix, AZ 85003
Certificado de Segunda Oportunidad
Junto con su solicitud de anulación, puede solicitar un Certificado de Segunda Oportunidad bajo § 13-905(F)-(N). Esto da a empleadores y arrendadores protección estatutaria de responsabilidad bajo § 12-558.03 si lo contratan o alojan. Para muchos peticionarios de Phoenix que están enfocando empleo o vivienda específicos, el CSC es el remedio más impactante después de la anulación misma.
Tiempos de procesamiento
El Condado de Maricopa típicamente procesa peticiones sin impugnación dentro de 60-90 días. Las peticiones impugnadas donde el fiscal objeta pueden tomar 4-6 meses. La ventana de objeción del fiscal de 60 días bajo § 13-911 es el piso — las peticiones generalmente no se deciden antes.
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