,
Seal My Record Now

A.R.S. § 13-604 + 18 U.S.C. § 922(g)(1)

Recupere sus Derechos Federales de Armas — por $500

Si su única felonía es una Clase 6 sin designar, reducirla a delito menor bajo § 13-604 es el camino más barato y rápido para la restauración completa de derechos federales de armas. No se necesita petición § 13-910. No se requiere presentación federal.

Importante: Esta página cubre una vía legal específica: reducción de felonía Clase 6 bajo A.R.S. § 13-604 y su efecto automático sobre derechos federales bajo 18 U.S.C. § 922(g)(1). Aplica solo cuando la Clase 6 es su única felonía. Si tiene múltiples felonías, vea nuestra página general de restauración de derechos de armas o llámenos.

Por qué la reducción de Clase 6 supera a § 13-910

Cuando la mayoría piensa en "recuperar mis derechos de armas" después de una felonía, piensa en el camino estándar: A.R.S. § 13-910, una petición judicial para restaurar derechos estatales. Pero § 13-910 tiene una limitación seria de la que casi nadie habla:

§ 13-910 restaura solo los derechos ESTATALES. La prohibición federal bajo 18 U.S.C. § 922(g)(1) es un problema completamente separado.

La ley federal prohíbe a cualquier persona condenada por "un delito castigable con prisión superior a un año" poseer armas. La mayoría de las felonías de Arizona — incluyendo Clase 6 — superan ese umbral. Cuando completa una petición § 13-910, Arizona deja de considerarlo poseedor prohibido. Pero a la ley federal no le importa lo que diga Arizona — le importa si la condena en sí fue por un "delito castigable con más de un año".

La reducción de Clase 6 toma un enfoque diferente. No restaura sus derechos como felón — elimina la felonía en sí. Una vez reclasificado como delito menor de Clase 1, ya no es un "delito castigable con más de un año" (delitos menores Clase 1 se limitan a 6 meses bajo § 13-707). La prohibición federal se levanta automáticamente porque la felonía base ya no existe.

Comparación de vías

VíaEstatutoDerechos estatalesDerechos federales
Petición § 13-910 A.R.S. § 13-910 Restaurados Usualmente NO restaurados
Anulación § 13-905 A.R.S. § 13-905 Restaurados si también se presenta § 13-910 Disputado; varía por circuito
Sellado § 13-911 A.R.S. § 13-911 Sin efecto Sin efecto (record oculto, no eliminado)
Reducción Clase 6 § 13-604 A.R.S. § 13-604 Restaurados automáticamente Restaurados automáticamente

Cuándo es la respuesta correcta

Esta vía funciona cuando TODO lo siguiente es cierto:

Después de la orden judicial

Lo que esto NO hace

Precio y plazo

$500 tarifa fija

Verificar elegibilidad →

Preguntas frecuentes

¿Por qué la reducción de Clase 6 restaura los derechos federales de armas?
La prohibición federal bajo 18 U.S.C. § 922(g)(1) aplica a cualquier persona condenada por "un delito castigable con pena de prisión superior a un año". Un delito menor de Clase 1 en Arizona se castiga con hasta 6 meses (§ 13-707). Cuando § 13-604 designa el delito como delito menor, ya no es un "delito castigable con más de un año" — y la prohibición federal se levanta automáticamente.
¿Por qué § 13-910 no logra esto?
A.R.S. § 13-910 restaura solo los derechos ESTATALES. La mayoría de los tribunales federales no reconocen una restauración de § 13-910 como suficiente para eliminar la prohibición federal. La excepción federal bajo 18 U.S.C. § 921(a)(20) se aplica de forma estrecha y muchos circuitos federales han concluido que el esquema de Arizona no califica. La reducción de Clase 6 evita todo este problema al eliminar el delito grave en sí.
¿Quién califica para la reducción de Clase 6?
Usted califica si: (1) el delito fue una felonía Clase 6, (2) quedó sin designar al momento de la sentencia bajo § 13-604(A), (3) no fue un delito "peligroso" (sin arma mortal, sin lesiones físicas graves intencionales), (4) no tenía dos o más condenas por delitos graves anteriores, y (5) ha completado la libertad condicional y ha sido liberado por el tribunal.
¿Qué pasa si tengo otras felonías además de esta Clase 6?
Si tiene otras felonías (anteriores o posteriores), la reducción de Clase 6 por sí sola no restaurará los derechos federales — esas otras felonías siguen activando la prohibición federal. Tendría que abordar cada felonía por separado. Llámenos al (480) 923-7570 para historiales más complejos.
¿Cuánto tarda el proceso?
De la presentación a la orden judicial son típicamente 30-60 días para una solicitud no impugnada de Clase 6. El tribunal está obligado a otorgarla bajo § 13-604(C) cuando se cumplen las condiciones. Una vez firmada la orden, el efecto federal es inmediato.
¿Necesito hacer algo con ATF o autoridades federales?
No se requiere presentación federal por separado. Una vez que la orden de Arizona designa el delito como delito menor, la prohibición federal § 922(g)(1) ya no aplica. Recomendamos llevar copias certificadas de la orden al comprar armas. La base de datos NICS se actualiza por reportes del DPS de Arizona, lo cual puede tardar 30-90 días.
¿Recuperaré mi elegibilidad para CCW?
Sí — la elegibilidad para CCW de Arizona bajo § 13-3112 requiere que el solicitante no sea un "poseedor prohibido" bajo § 13-3101(A)(7). Una vez que el delito ya no sea felonía, no es un poseedor prohibido. Puede solicitar o renovar su CCW inmediatamente después de la orden judicial.
¿Cuánto cuesta?
$500 tarifa fija para la solicitud de designación de Clase 6. Tarifa judicial $0. No cobramos una tarifa separada por el efecto sobre derechos federales — restaurar sus derechos federales de armas es una consecuencia de la reducción, no un servicio separado.

¿Listo para empezar?

Evaluación gratuita de 3 minutos. Pague solo si califica y decide presentar.

Verificar elegibilidad →

O llámenos: (480) 923-7570